Nueva firmeza de una sentencia ganada por F2 Abogados a CAJA RURAL DE GRANADA.
El juzgado de primera instancia numero 15 de Granada, dictó sentencia el pasado mes de febrero cuyo fallo transcribimos, y la cual tras no ser recurrida por la entidad bancaria ha sido declarada firme, debiendo proceder CAJA RURAL DE GRANADA a su cumplimento.
“Debo ESTIMAR Y ESTIMO la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales xxxxxxx xxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxx en nombre y representación de xxx xxxx xxxxxxxxxxxxxxxxx contra la CAJA RURAL DE GRANADA y en consecuencia:
- Declarar la nulidad de la cláusula suelo del 3,75 % inserta en la clausula 4ª relativa a “límites de variabilidad del tipo de interés” en la Escritura de Préstamo Hipotecario suscrito entre las partes con fecha 12 de agosto de 2004.
- Acordar la restitución por parte de la demandada a la actora de todas las cantidades indebidamente cobradas por la entidad demandada desde la fecha del préstamo; y en este sentido procede el recalculo de los interés remuneratorios sin la aplicación de la cláusula suelo más los intereses legales que dicha cantidad devengue desde la presentación de la demanda.
- Condenar a la CAJA RURAL DE GRANADA al pago de las costas causadas .”
Si están interesados en que estudiemos la situación de su préstamo hipotecario no dude en consultarnos y estaremos encantados de atenderle.